El Gobierno aprueba medidas de flexibilización para apoyar al sector vitivinícola afectado por fenómenos climáticos adversos.


Publicado el 17 de Octubre de 2023


El Gobierno aprueba medidas de flexibilización para apoyar al sector vitivinícola afectado por fenómenos climáticos adversos.

El real decreto aprobado hoy incorpora a la legislación estatal las flexibilidades de los reglamentos comunitarios ante la dificultad de cumplir con determinados requisitos para optar a las ayudas. España solicitó a la Comisión Europea modificaciones a determinados reglamentos para facilitar el acceso a las ayudas del programa de apoyo al sector del vino y ampliar la vigencia de las autorizaciones de viñedo.

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un real decreto para aplicar en España las flexibilizaciones de varios reglamentos con el fin de que los productores vitivinícolas se beneficien de las ayudas sectoriales ante la dificultad de poder cumplir con ciertos requisitos, debido a fenómenos climáticos adversos y por perturbaciones del mercado.

El Gobierno de España solicitó a la Comisión Europea modificaciones a determinados reglamentos de los sectores mencionados para responder a problemas específicos y que ahora se transponen a la normativa estatal.

Las flexibilidades van encaminadas a facilitar el acceso a las ayudas del programa de apoyo al sector del vino, ampliar la vigencia de las autorizaciones de viñedo y dar facilidades para que los productores de frutas y hortalizas puedan acceder a los fondos de su programa operativo.

 

FLEXIBILIDADES PARA EL VINO

En materia de plantaciones de viñedo, se amplía en 12 meses la vigencia de las autorizaciones que caducan en 2023. Además, se permite que los titulares de estos permisos puedan renunciar a ellos sin ser sancionados, siempre que lo comuniquen, antes de 31 de diciembre de este año, en la comunidad autónoma donde se concedió la licencia.

Para las operaciones de reestructuración y reconversión de viñedos enmarcadas en el Programa de Apoyo al Sector Vitivinícola (PASVE) se ha permitido justificar un 3 % del gasto en vez del 30 % requerido para continuar la ejecución de estas operaciones en el marco de la Intervención Sectorial Vitivinícola, que sustituye al actual PASVE, siempre que dichas operaciones se hayan iniciado antes del 15 de octubre de 2023. A tal fin, la nueva norma incluye esta cuestión con carácter retroactivo. El plazo para su completa ejecución y pago se extiende hasta el 15 de octubre de 2025. Esta excepción solo se aplicará a los viticultores titulares de autorizaciones de replantación.

Asimismo, el real decreto recoge las flexibilidades adicionales para las medidas del PASVE relativas a las medidas de inversiones en bodegas y reestructuración y reconversión de viñedo mediante las que se permite modificar sus objetivos y facilitar la ejecución de acciones individuales sin finalizar la operación completa.

 

Descargar aquí Real Decreto 785/2023, de 17 de octubre, por el que se desarrollan determinadas disposiciones de la Unión Europea que establecen medidas para responder a problemas específicos en los sectores de frutas y hortalizas y vitivinícola causados por fenómenos meteorológicos adversos y por las perturbaciones del mercado.

 




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