¿Sabías que en España está prohibido poner en la etiqueta de vino la expresión "Vino Natural"?.


Publicado el 30 de Enero de 2024


¿Sabías que en España está prohibido poner en la etiqueta de vino la expresión "Vino Natural"?.

En este post vamos a analizar la prohibición de la etiqueta "Vino Natural" en España, basándonos en la normativa europea y nacional y sus consideraciones.

En el vasto mundo del vino, la terminología utilizada en las etiquetas despierta un interés especial tanto para los consumidores como para los productores. Sin embargo, en el marco de la normativa española y comunitaria, una expresión en particular ha generado controversia: "Vino Natural". Esta mención, aunque sugerente, ha sido objeto de análisis por parte de las autoridades competentes y ha sido excluida de las opciones permitidas en las etiquetas de vino, según lo establecido por la Mesa de Coordinación de la Calidad Alimentaria, dependiente del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

La decisión se fundamenta en una serie de antecedentes y normativas, comenzando con la Ley 28/2015 para la defensa de la calidad alimentaria, la cual establece criterios para la comercialización de alimentos, incluidos los productos vitivinícolas. Uno de los principales puntos de referencia es el Reglamento (UE) 1169/2011, que detalla los requisitos de etiquetado y presentación de alimentos, asegurando que la información proporcionada al consumidor sea clara, precisa y no induzca a error.

El término "Vino Natural" ha suscitado preocupación entre las asociaciones del sector desde el año 2021, lo que llevó a un análisis más profundo de su idoneidad en el etiquetado de vinos. En el Reglamento (UE) 1308/2013, se establecen las menciones obligatorias y facultativas que pueden figurar en las etiquetas de los productos vitivinícolas. Sin embargo, la expresión "Vino Natural" no encuentra respaldo en estas regulaciones, ni en el Reglamento Delegado (UE) 2019/33, ni en el Real Decreto 1363/2011, que detalla el etiquetado específico de productos vitivinícolas.

La ausencia de una definición clara y consensuada sobre lo que constituye un "Vino Natural" crea ambigüedad y confusión para los consumidores. La falta de criterios específicos sobre su elaboración o características lo convierte en un término subjetivo, susceptible de interpretaciones variadas por parte de los productores. Esto representa un desafío para la transparencia y la objetividad en la información proporcionada al consumidor, lo que va en contra de los principios establecidos en el Reglamento (UE) 1169/2011.

Una consulta realizada al Director General para la Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión Europea en 2020 resaltó la necesidad de evaluar si el término "Vino Natural" podría llevar a una percepción errónea de mayor calidad y saludabilidad por parte del consumidor. Si este fuera el caso, su uso podría interferir con el derecho del consumidor a una información objetiva y clara sobre el producto que está adquiriendo.

En consecuencia, se ha llegado a la conclusión de que la inclusión de la mención "Vino Natural" en las etiquetas de vino está prohibida. Su ambigüedad y la falta de criterios claros para su aplicación la convierten en una opción no viable según la normativa vigente. Este acuerdo, adoptado por la Mesa de Coordinación de la Calidad Alimentaria, se basa en la necesidad de proteger los derechos y la información del consumidor, en consonancia con los principios establecidos en los reglamentos pertinentes.

En definitiva, la decisión de prohibir la mención "Vino Natural" en las etiquetas de vino es un paso hacia la transparencia y la claridad en la información proporcionada al consumidor. A través del cumplimiento de la normativa aplicable y la consideración de los principios de calidad alimentaria, se busca garantizar que los productos vitivinícolas se comercialicen de manera responsable y que los consumidores puedan tomar decisiones informadas sobre sus compras.

NORMATIVA APLICABLE:
• Reglamento (UE) 1169/2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor.
• Reglamento (UE) 1308/2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios.
• Reglamento Delegado (UE) 2019/33, por el que se completa el Reglamento CUE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo.
• Real Decreto 1363/2011, por el que se desarrolla la reglamentación  comunitaria en materia de etiquetado, presentación e identificación de determinados productos vitivinícolas.





TOP10 vinos más vendidos en AMAZON


Compartir en RRSS:



×

FILTRAR BÚSQUEDA

CATEGORIAS

FILTRAR BÚSQUEDA

CATEGORIAS

BLOGGERS DEL VINO

NEWSLETTER

Suscríbete a nuestro boletín y mantente informado de todas las últimas noticias del Sector del Vino.


He leído y acepto la política de privacidad

 

Copyright © Cata del Vino | Política de Privacidad | Condiciones de Uso