¿Qué tasa común de impuesto se le aplica a la compra de vino en Chile?
Publicado el 25 de Septiembre de 2014
En Chile, tras la reforma tributaria los consumidores pasaron a pagar a partir de septiembre de 2014 una tasa del 15 % al 20,5 %.
Hasta el pasado mes de septiembre de 2014 la tasa común aplicable al vino y cerveza ascendía al 15 %. A partir de esa fecha esa tasa se incrementó al 20, 5 % de conformidad al artículo 2° de la Ley N° 20.780, publicada en el Diario Oficial de fecha 29 de Septiembre de 2014, la cual incorporó modificaciones al Decreto Ley N° 825, de 1974.
De dichas modificaciones, en esta Circular se analizan las referidas a los Art. 3°; Art. 12°, letra B); Art. 23°, N° 4 y Art. 42 del citado Decreto Ley (D.L.).
El número 10 del artículo 2° de la Ley N° 20.780, reemplazó el inciso primero del Art. 42°, por el siguiente:
“ Artículo 42. -
Sin perjuicio del impuesto establecido en el Título II de esta ley, las ventas o importaciones, sean estas últimas habituales o no, de las especies que se señalan en este artículo, pagarán un impuesto adicional con la tasa que en cada caso se indica, que se aplicará sobre la misma base imponible que la del impuesto al valor agregado:
c) Vinos destinados al consumo, comprendidos los vinos gasificados, los espumosos o champaña, los generosos o asoleados, chichas y sidras destinadas al consumo, cualquiera que sea su envase, cervezas y otras bebidas alcohólicas, cualquiera que sea su tipo, calidad o denominación, tasa del 21,5%.”.