Publicado el 27 de Febrero de 2018
El anexo IV del Real Decreto 619/2013, de 2 de agosto, por el que se establecen dos certificados de profesionalidad de la familia profesional Hostelería y Turismo que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad, publicado en el BOE el 13 de septiembre de 2013, es la normativa que regula el certificado de profesionalidad de la sumillería.
El presente Real Decreto establece la obligación de que el alumno curse 730 horas lectivas, y 80 en prácticas en Escuelas oficiales homologadas.
En este sentido se establecen 8 modulos formativos:
- Cata de vinos y otras bebidas analcohólicas y alcohólicas distintas a vinos. (270 horas).
- Diseño de cartas de vinos y otras bebidas analcohólicas y alcohólicas distintas a vinos. (190 horas)
- Análisis sensorial de productos selectos propios de sumillería y diseño de sus ofertas. (60 horas)
- Gestión de bodegas en restauración. (60 horas)
- Servicio especializado de vinos. (80 horas)
- Seguridad, higiene y protección ambiental en hostelería. (60 horas)
- Lengua extranjera profesional para servicios de restauración. (90 horas)
- Módulo de prácticas profesionales no laborales de Sumillería (80 horas)
Descargar AQUÍ el anexo IV del Real Decreto 619/2013, de 2 de agosto, por el que se establecen dos certificados de profesionalidad de la familia profesional Hostelería y Turismo que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad.
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